PRESENTACION
ENTIDAD Y OBJETO SOCIAL
El artículo 218 de la Ley 100 de diciembre 23 de 1993 creó el Fondo de
Solidaridad y Garantía en salud como cuenta adscrita al Ministerio de Salud
para ser manejado mediante encargo fiduciario, sin personería jurídica ni
planta de personal propia, para la administración y manejo de los recursos del
fondo. De conformidad con lo establecido en el estatuto general de la
contratación pública de que trata el articulo 150 de la Constitución Política
de Colombia: "Compete al Congreso expedir el estatuto general de contratación
de la administración pública y el especial de la administración nacional".
Dentro de los términos de ley el Ministerio de Salud expidió la Resolución No.
02359 del 15 de septiembre de 2000 mediante la cual ordena la apertura de la
Licitación Pública Nacional No. MS-013-2000 para seleccionar, de conformidad
con el Estatuto de Contratación Administrativa - Ley 80 de 1993- la sociedad
Fiduciaria con la cual se celebraría el contrato de encargo fiduciario señalado
en el articulo 218 de la Ley 100.
Para presentar propuesta a la licitación anterior, mediante ACUERDO CONSORCIAL
suscrito el 24 de Agosto de 2005 entre las sociedades FIDUCOLOMBIA
S.A.,FIDUBOGOTA S.A,FIDUAGRARIA S.A,FIDUCAFE.S.A.,FIDUCOLDEX S.A.,FIDUCOMERCIO
S.A., FIDUOCCIDENTE S.A.,FIDUCIARIA POPULAR S.A,FIDUCIARIA LA PREVISORA
S.A.constituyeron el consorcio denominado CONSORCIO FIDUFOSYGA para los fines
antes señalados, los cuales fueron seleccionados para la administración del
Fosyga según Resolución No. 4106 del 22 de Noviembre de 2005 y se les adjudicó
el contrato No. 242 firmado el 6 de diciembre de 2005 entre el Ministerio de la Protección Social y el Consorcio FIDUFOSYGA.
PRINCIPALES POLITICAS CONTABLES
Para sus registros contables y para la preparación de sus estados financieros se
observa lo establecido en el articulo No 354 de la Constitución Política de
Colombia y se realiza con base en las normas señaladas por la Contaduría
General de la Nación en el plan General de Contabilidad Pública Nacional, en el
Estatuto Orgánico del Presupuesto y en las normas de la Superintendencia
Bancaria de Colombia.
En los años 2000 y 2001 se ha modificado el PUC Público, situación que el
FOSYGA involucro en sus procesos atendiendo las normas.
Subcuentas del fondo.
El artículo 219 de la Ley 100 de 1993, y los decretos 1283 del 23 de julio de
1996 y 1013 del 4 de junio de 1998 establecieron que el fondo de solidaridad y
Garantía lo conforman cuatro (4) subcuentas independientes así:
De compensación interna del régimen contributivo.
De solidaridad del régimen de subsidios en salud.
De promoción de la salud.
De seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito.
Reporte y Registro de Operaciones.
Llevar la contabilidad del Fosyga es responsabilidad del administrador
fiduciario respecto al registro de operaciones, elaboración de estados
financieros, elaboración de informes, revelación en general de la información
contable y reportes para el Ministerio de la Protección Social, Superintendencia Nacional de
Salud, y la Sociedades Fiduciarias que conforman el consorcio, y en general a
cualquier otra entidad que eventualmente requiera información contable, estas a
su vez reportan la información a la Superintendencia Bancaria, la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, entre otros.
La contabilidad del encargo se lleva de manera independiente y separada para
cada una de las cuatro subcuentas del fondo y se consolida mensualmente,
elaborando estados financieros consolidados del FOSYGA y para cada Subcuenta de
acuerdo con los principios y normas aplicables al sector público del orden
Nacional, reglamentados en la Resolución No 4444 de 1995 emitida por el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Contabilidad
Pública.
En la contabilidad se identifica la vigencia en la cual el ingreso o el gasto
fue incluido en el presupuesto aprobado del Fondo de Solidaridad y Garantía
FOSYGA.
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