Aporte mensual del 50% cobrado en adición a las primas SOAT emitidas
por las Compañías Aseguradoras en el mes anterior.
Conforme lo establece el artículo 11, numeral 3 paragrafo segundo
del decreto 3990 de 2007, “En caso de que las compañías
de seguros concedan descuentos sobre las tarifas máximas fijadas
en las normas vigentes sobre la materia, dicho descuento no se trasladará
al valor de las contribuciones o transferencias a los Fondos de Solidaridad
y Garantía y de Prevención Vial Nacional, las cuales se calcularán
y transferirán con base en las tarifas máximas establecidas.
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Excedentes financieros vigencia anterior
Recaudos
procesos de repetición
Rendimientos financieros del portafolio
Reintegro
liquidación vigencias anteriores
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